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La Juez Judith H. Ramseyer del Tribunal Superior del Estado de Washington en y para el Condado de King supervisa esta demanda colectiva. El expediente se llama Garcia et al. v. Washington State Department of Licensing, Caso N.º 22-2-05635-5-SEA (Wash. Superior Ct.) (la “Acción”).
Amy García, Anthony Gibbons, Taylor Riley-Gibbons, Tony Myhre y Hansa Thomas son los Demandantes o Representantes de la Clase del Acuerdo. La empresa a la que demandaron, el Departamento de Licencias del Estado de Washington, es el Demandado
El Demandado niega ser o poder ser considerado responsable de los reclamos hechos en la demanda. En la demanda puede encontrar más información sobre la queja y las respuestas del Demandado en la sección Documentos de este sitio web.
1. Esta Clase del Acuerdo no incluye a: (a) el DOL y sus funcionarios y directores; (b) todos los Miembros de la Clase del Acuerdo que presenten de manera oportuna y válida las solicitudes de exclusión de la Clase del Acuerdo; (c) cualquier otra persona declarada culpable por un tribunal de jurisdicción competente en virtud de la ley penal de iniciar, causar, ayudar o instigar a que suceda la actividad delictiva de la Violación de Datos o que se declare nolo contendre de cualquiera de tales cargos; y (d) los miembros del poder judicial a quienes se asigna este caso, sus familias y los miembros de su personal.
Finalmente, si los costos de los Pagos del Acuerdo, la protección contra el robo de identidad, la administración del acuerdo, las adjudicaciones de servicio a los Representantes de la Clase del Acuerdo y la Adjudicación de Honorarios y Costos no exceden los $3,600,000, todos los fondos restantes pueden prorratearse, hasta $300 adicionales por cada reclamante, entre todos los Miembros de la Clase del Acuerdo que presentaron un Reclamo Válido.
6.A. ¿Quién puede reclamar la recuperación por las Pérdidas de Bolsillo y por cuánto?
6.B. ¿Quién puede recibir la protección contra el robo de identidad y el monitoreo crediticio?
a) Monitoreo de la Dark Web.
b) Servicios de restauración y recuperación de identidad.
c) Seguro de robo de identidad de $1,000,000 sin deducible.
o Los Miembros de la Clase del Acuerdo pueden inscribirse en estos servicios de protección de identidad y monitoreo crediticio sean o no elegibles para una recuperación monetaria en virtud de este Acuerdo. Dicha cobertura y flexibilidad en la inscripción brindan protección a los Miembros de la Clase del Acuerdo contra el robo de identidad en el futuro.
Contribución Máxima del Acuerdo: según este Acuerdo, la cantidad total máxima que el Demandado puede estar obligado a pagar es $3,600,000. Esto se utilizará para financiar los Pagos del Acuerdo o Cheques del Acuerdo, los servicios de protección contra el robo de identidad y monitoreo crediticio, los Costos de Administración del Acuerdo, los Pagos de Adjudicación de Servicio a los Demandantes nombrados y la Adjudicación de Honorarios y Costos de los Abogados. En caso de que los Pagos del Acuerdo o los Cheques del Acuerdo, los servicios de Protección contra el Robo de Identidad y Monitoreo Crediticio, los Costos de Administración del Acuerdo, las Adjudicaciones de Servicio para los Demandantes Nombrados y los Honorarios y costos de los Abogados excedan los $3,600,000, todos los pagos a los miembros de la Clase se reducirá de forma prorrateada. Si los Pagos del Acuerdo o los Cheques del Acuerdo, la Protección contra el Robo de Identidad y el Monitoreo Crediticio, los Costos de Administración del Acuerdo, las Adjudicaciones de Servicio a los Demandantes Nombrados y la Adjudicación de Honorarios y Costos no exceden los $3,600,000, todos los fondos restantes pueden prorratearse, hasta $300 adicionales por cada reclamante, entre todos los Miembros de la Clase del Acuerdo que presentaron un Reclamo Válido.
Los Reclamos estarán sujetos a un proceso de verificación. Para completar un Formulario de Reclamo, necesitará el ID de Miembro de la Clase que se encuentra en el frente de su Aviso Postal. Todos los Formularios de Reclamo deben recibirse en línea o con matasellos a más tardar el 9 de octubre de 2023.
¿Debo contratar a mi propio abogado?
No necesita contratar a su propio abogado porque los Abogados de la Clase trabajan en su nombre. Estos abogados y sus firmas tienen experiencia en el manejo de casos similares. Usted no deberá afrontar los honorarios de estos abogados. Puede pedirle a su propio abogado que comparezca en el Tribunal por usted, a su propio costo, si desea que alguien que no sea el Abogado de la Clase lo represente.
Los Abogados de la Clase presentarán una
Solicitud de Honorarios para una adjudicación de honorarios de abogados y
costos y gastos de litigio que se pagarán con cargo al Fondo del Acuerdo. Los
Abogados de la Clase solicitarán al Tribunal que apruebe una adjudicación de
Honorarios de Abogados por un máximo del 30 por ciento del Fondo del Acuerdo
($1,080,000) más costos y gastos, que se pagarán con cargo al Fondo del
Acuerdo, y el DOL acepta no oponerse a esta solicitud. Los Abogados de la Clase también solicitarán Pagos de Adjudicaciones de Servicio de hasta
$6,000 para cada uno de los Representantes de la Clase del Acuerdo. El
Tribunal determinará la cantidad adecuada de honorarios, costos y gastos de
cualquier abogado para otorgarles a los Abogados de la Clase y la
cantidad adecuada de adjudicación de servicio a los Representantes de la Clase del Acuerdo. El Tribunal podrá conceder cantidades inferiores a
las solicitadas. Si el Acuerdo será finalmente aprobado no depende de si el
Tribunal adjudica honorarios, costos y gastos de abogados o adjudicaciones de
servicios, ni de cuánto adjudica.
Si no se excluye del Acuerdo, no podrá demandar al Demandado o a ciertas entidades relacionadas con el Demandado sobre los asuntos en este caso, y estará obligado por todas las decisiones tomadas por el Tribunal en este caso, el Acuerdo y su liberación incluida. Esto es cierto independientemente de si envía un Formulario de Reclamo. Puede leer el Acuerdo de Conciliación en la sección Documentos de este sitio web. Sin embargo, usted puede excluirse del Acuerdo (véase la pregunta 14). Si se excluye del Acuerdo, no estará obligado por ninguno de los términos del Acuerdo.
“Reclamos Liberados” significa todos y cada uno de los reclamos o causas de acción de todo tipo y descripción, incluidas las causas de acción en la ley, los reclamos de equidad, las quejas, demandas o peticiones, y cualquier alegación de irregularidades, demandas de reparación legal, equitativa o administrativa (incluidas, pero no limitadas a, cualquier reclamo de medida cautelar, rescisión, reforma, restitución, devolución de ganancias ilícitas, fideicomiso ficto, reparación declaratoria, indemnización compensatoria, daños emergentes, sanciones, daños ejemplares, daños punitivos, honorarios de abogados, costos, intereses o gastos) que las Partes Liberadoras tuvieron, tienen o pueden reclamar ahora o en el futuro (incluidos, entre otros, reclamos asignados y todos y cada uno de los “Reclamos desconocidos”, según se define a continuación) que fueron o podrían haber sido afirmados o alegados que surgen del mismo núcleo de hechos operativos que cualquiera de los reclamos alegados o afirmados en la Acción, incluidos, entre otros, los hechos, transacciones, ocurrencias, eventos, actos, omisiones o fallas de acción que se alegaron, argumentaron, plantearon o afirmaron en cualquier alegato o presentación judicial en la Acción. Los Reclamos Liberados incluyen la liberación de Reclamos Desconocidos.
La Sección II, párrafo 36 y la Sección XIII, párrafos 84-85, del Acuerdo de Conciliación describen la liberación, los Reclamos Liberados y los Reclamos Desconocidos en la terminología legal necesaria, así que lea estas secciones detenidamente. El Acuerdo de Conciliación está disponible en www.WADOLdatabreachsettlement.com o en los registros públicos del tribunal archivados en esta demanda. Si tiene preguntas con respecto a las Liberaciones y a qué significan, puede consultar en forma gratuita a uno de los abogados que se indican en la Pregunta 9, o puede consultarle a su propio abogado por su cuenta y cargo.
Los Reclamos Liberados no incluyen ningún reclamo que surja de o esté relacionado con cualquier conducta del Demandado después de la fecha en que se ejecute el Acuerdo. Los Reclamos Liberados tampoco incluirán el derecho de los Demandantes nombrados, ningún Miembro de la Clase del Acuerdo ni ninguna Parte Liberadora para hacer cumplir los términos del Acuerdo de Conciliación.
Puede solicitar ser excluido del Acuerdo. Para hacerlo, debe enviar una carta o formulario de exclusión que indique: (1) el nombre del procedimiento, Garcia, et al. v. Washington Department of Licensing, Caso N.º 22-2-05635-5 SEA (Wash. Superior Ct.); (2) su nombre completo; (3) su dirección actual; (4) su firma personal; y (5) las palabras “Solicitud de exclusión” o una declaración parecida de que la persona no desea participar en el Acuerdo en la parte superior de la comunicación. Debe enviar por correo postal su solicitud de exclusión, con matasellos a más tardar 9 de agosto de 2023, a la siguiente dirección:
No puede excluirse por teléfono o por correo electrónico. Cada individuo que quiera ser excluido del Acuerdo debe presentar su propia solicitud de exclusión. No se permitirán exclusiones en grupo.
Si no se excluye de la Clase del Acuerdo y no está de acuerdo con alguna de sus partes, puede objetarlo. Al presentar una objeción puede dar razones por las que cree que el Tribunal debería negar la aprobación del Acuerdo. Para objetar, debe presentar un aviso por escrito ante el Tribunal indicando que se opone al Acuerdo en Garcia, et al. v. Washington Department of Licensing, Caso N.º 22-2-05635-5 SEA (Wash. Superior Ct.), a más tardar el 9 de agosto de 2023. Debe presentar su objeción ante el Tribunal, esto puede hacerlo enviando por correo postal su objeción y cualquier documento de respaldo al Tribunal Superior del Estado de Washington en y para el Condado de King a la siguiente dirección:
Si usted está representado por un abogado, el abogado puede presentar su objeción a través del sistema electrónico de presentación del Tribunal. Si está siendo representado por un abogado, debe incluir la identidad de todos y cada uno de los abogados que lo representan en la objeción.
La objeción debe estar escrita y debe incluir el nombre del caso, Garcia et al. v. Washington State Department of Licensing, Expediente N.º 22-2-05635-5-SEA (Wash. Superior Ct.) Su objeción también debe incluir la siguiente información: (1) su nombre completo, dirección postal actual, número de teléfono y dirección de correo electrónico; (2) una declaración escrita de los motivos específicos de la objeción, así como cualquier fundamento jurídico y los documentos que respalden la objeción; (3) una declaración escrita de los motivos específicos de la objeción, así como cualquier fundamento jurídico y los documentos que respalden la objeción; (4) la identidad de todos y cada uno de los abogados que representan al objetor; (5) una declaración sobre si el objetor (o su abogado) tiene la intención de comparecer en la Audiencia de Aprobación Definitiva; y (6) la firma del objetor o de su abogado.
Además de presentar su objeción ante el Tribunal, también debe enviar copias de su objeción y cualquier documento de respaldo a tanto el Abogado de la Clase como a los abogados del Demandado en las direcciones que se enumeran a continuación, con matasellos a más tardar el 9 de agosto de 2023.
Abogados de la Clase | Abogados del Demandado |
Kim D. Stephens Kaleigh N. Boyd Tousley Brian Stephens P.L.L.C 1200 Fifth Avenue, Ste 1700 Seattle, WA 98101-3147 Timothy Emery Emery Reddy, PLLC 600 Stewart Street Suite 1100 Seattle, WA 98101 M. Anderson Berry Clayco C. Arnold, A Professional Corp. 865 Howe Avenue Sacramento, CA 95825 | Tammy Webb Alfred Saikali Shook, Hardy & Bacon, L.L.P 555 Mission St, Suite 2300 San Francisco, CA 94105 |
El Tribunal celebrará la Audiencia de Aprobación Definitiva el 29 de septiembre de 2023 a las 10:00 a.m. PT en el Tribunal Superior del Condado de King, 401 4th Avenue N, Courtroom 4B, Kent, Washington 98032. El propósito de la audiencia es que el Tribunal determine si el Acuerdo es justo, razonable, adecuado y en el interés de la Clase del Acuerdo. En la audiencia, el Tribunal escuchará toda objeción y argumento relacionado con la imparcialidad del Acuerdo propuesto, incluidos los relacionados con la cantidad solicitada por el Abogado de la Clase para los honorarios, costos y gastos de los abogados y los Pagos de Adjudicación de Servicio a los Representantes de la Clase del Acuerdo.
Nota: la fecha y la hora de la Audiencia de Aprobación Definitiva están sujetas a cambios por Orden Judicial. Cualquier cambio se publicará en el sitio web del Acuerdo,, o a través del expediente del Tribunal disponible públicamente. Debe consultar este sitio web del Acuerdo para confirmar que la fecha y la hora no se hayan cambiado.
Esta pagina web resume el Acuerdo propuesto. Hay más detalles en el Acuerdo de conciliación, que está disponible en la sección Documentos de este sitio web.
PUEDE COMUNICARSE CON EL ADMINISTRADOR DEL ACUERDO EN LÍNEA EN LA SECCION CONTACTO DE ESTA PAGINA WEB, LLAMANDO AL NÚMERO GRATUITO 1-833-747-6403 O ESCRIBIENDO A:
POR FAVOR NO LLAME AL TRIBUNAL, NI AL SECRETARIO DEL TRIBUNAL, NI AL JUEZ NI AL DEMANDADO CON PREGUNTAS SOBRE EL ACUERDO O EL PROCESO DE RECLAMOS.